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Tus derechos
Todo lo que la aerolínea te debe
Cada tarjeta resume un derecho. Tócala y verás qué dice exactamente la norma, un ejemplo práctico y qué hacer para ejercerlo.
600 €
Compensación económica
La compensación máxima por pasajero cuando tu vuelo llega con 3 horas o más de retraso, se cancela o te deniegan el embarque. No depende del precio del billete, sino de la distancia del viaje.
Comida, bebida, hotel y traslados por cuenta de la aerolínea mientras esperas. Sin que tengas que pedirlo.
Cuándo corresponde
Equipaje perdido o dañado
El Convenio de Montreal es tu cobertura legal si la maleta se pierde, se rompe o llega tarde. La responsabilidad de la aerolínea es objetiva.
Plazos y límites
5 años
de plazo para reclamar
En España puedes reclamar la compensación de vuelos de hasta cinco años atrás. El reloj corre desde la fecha del vuelo.
Ver los plazos
¿Te cubre la normativa europea?
Si tu vuelo salía de la UE, sí: con cualquier aerolínea. Si venías de fuera, depende de quién lo operaba. Y el equipaje va por otra norma.
Ver los tres supuestos
Reembolso o vuelo alternativo: eliges tú
Con independencia de la compensación, si cancelan tu vuelo o te dejan en tierra, la elección es tuya, no de la aerolínea: te devuelven el billete en 7 días o te llevan a destino en condiciones comparables.
Reembolso íntegro en 7 días
o
Vuelo alternativo comparable
Ver el detalle legal
«Fue el mal tiempo»: no siempre cuela
Las circunstancias extraordinarias eximen a la aerolínea de la compensación, pero una avería «normal» o una huelga de su propio personal no lo son. Y la carga de la prueba es suya, no tuya.
Cuándo se sostiene la excusa
Gastos y reservas perdidas
Tienes derecho a obtener el reembolso de todos los daños materiales (gastos o lucro cesante) sufridos a raíz de la incidencia. Conserva los tickets o facturas.
Art. 12 · Reglamento (CE) 261/2004Código CivilLey de Consumidores y Usuarios
Qué puedes reclamar
¿Qué le pasó a tu vuelo?
Cada incidencia tiene su página con todo el detalle: norma, ejemplos y cómo reclamarla.
Son los derechos de asistencia: se activan por la espera, tengas o no compensación económica.
Comida y bebida
Vales o bonos suficientes según el tiempo de espera.
Hotel
Si la espera obliga a pernoctar, el hotel corre a cuenta de la aerolínea.
Dos comunicaciones
Llamadas o correos para avisar a quien necesites, por su cuenta.
Traslados
Transporte entre el aeropuerto y el alojamiento, ida y vuelta.
Los importes
Tres tramos fijos, por pasajero
La cuantía no depende del precio del billete, sino de la distancia del vuelo. Y es por pasajero: una familia de cuatro multiplica por cuatro — los niños con asiento cobran su compensación íntegra, y los bebés con tarifa pagada, también.
250€
Hasta 1.500 km
Valencia – Roma Bilbao – Fráncfort Sevilla – Palma
Por pasajeroEU261 · ART. 7.1.A
400€
1.500 – 3.500 km
Bilbao – Tenerife Palma – Estocolmo Alicante – Oslo
Por pasajeroEU261 · ART. 7.1.B
600€
Más de 3.500 km
Barcelona – Miami Madrid – Tokio Sevilla – Cancún
Por pasajeroEU261 · ART. 7.1.C
Una nota importante: en algunos vuelos de larga distancia la aerolínea puede reducir la compensación a la mitad si te ofrece un transporte alternativo que limite considerablemente el retraso a la llegada. Nosotros calculamos la cuantía exacta de tu caso antes de reclamar.
Equipaje · Convenio de Montreal
1.519 DEG
unos 1.860 € por pasajero
DEG = Derechos Especiales de Giro, la moneda del FMI; su cambio a euros fluctúa a diario. Es el límite por daño, retraso o pérdida acreditados (art. 22.2), no un pago automático.
Plazo de reclamación: 2 años
Las excepciones
¿Cuándo no hay compensación?
Solo cuando la causa es una circunstancia extraordinaria ajena a la aerolínea. En la práctica, lo invocan mucho más de lo que corresponde.
No da derecho a compensación
Circunstancias extraordinarias
Meteorología severa incompatible con las operaciones aeroportuarias.
Huelga de controladores aéreos o del personal del aeropuerto. Por lo general son causas ajenas a las aerolíneas.
Emergencias médicas a bordo, riesgos de seguridad o cierres de espacio aéreo.
Aun así, conservas la asistencia y el reembolso o transporte alternativo: la excepción solo afecta a la compensación económica.
Sí da derecho a compensación
Riesgo normal de la actividad
Avería técnica del avión: el mantenimiento es responsabilidad de la compañía.
Huelga del personal propio de la aerolínea: pilotos, tripulación o personal de tierra.
Problemas operativos: falta de tripulación, planificación, rotaciones del avión.
Muchas negativas iniciales no se sostienen al analizarlas a fondo. Si te han dicho que no, deja que lo revisemos igualmente.
Cómo funciona
Cuatro pasos. Nosotros nos ocupamos de todo.
Desde que nos autorizas hasta que recibes tu dinero, gestionamos el proceso de manera integral. Sin papeleo. Sin llamadas. Sin estrés.
Cuando llegas a tu destino final con 3 horas o más de retraso respecto a la hora prevista y el motivo no es una circunstancia extraordinaria. La compensación es de 250, 400 o 600 € según la distancia del vuelo, y se calcula sobre la hora de llegada real, no la de salida.
Depende de la distancia: 250 € en vuelos de hasta 1.500 km, 400 € entre 1.500 y 3.500 km (y en vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km) y 600 € en vuelos extracomunitarios de más de 3.500 km. El importe es por pasajero, no por reserva. Comprueba tu caso y te diremos la cuantía estimada al instante.
Las circunstancias extraordinarias (meteorología adversa, huelgas ajenas, cierres del espacio aéreo) eximen a la aerolínea de pagar la compensación, pero no del deber de asistirte. El problema es que muchas aerolíneas alegan estas causas sin que realmente concurran. Por eso analizamos cada caso: si la excusa no se sostiene, reclamamos.
En España, la jurisprudencia reconoce un plazo de cinco años desde la fecha del vuelo para reclamar la compensación del Reglamento (CE) 261/2004. Aun así, te recomendamos no esperar: reunir la documentación es más fácil cuanto más reciente es la incidencia. Cuidado con los equipajes o vuelos desde el extranjero con aerolíneas no comunitarias: bajo el Convenio de Montreal, el plazo es de 2 años desde la llegada a destino.
Los incidentes con el equipaje se rigen por el Convenio de Montreal y dan derecho a una indemnización por los daños y los gastos razonables. Es clave reclamar cuanto antes y conservar el parte de irregularidad de equipaje (PIR) y los tickets de las compras que tuviste que hacer.
Comprobar tu caso es gratis y sin compromiso. Trabajamos con el modelo de solo cobramos si ganas: si no obtienes compensación, no pagas nada. Sin adelantos y sin costes ocultos. Antes de empezar te informamos con total claridad de las condiciones de tu caso.
Si te presentaste a tiempo y con la documentación necesaria y la aerolínea te denegó el embarque contra tu voluntad por sobreventa, tienes derecho a compensación inmediata de 250 a 600 €, además del reembolso o un vuelo alternativo y la asistencia correspondiente. Es uno de los supuestos en los que la aerolínea tiene menos margen para negarse.
Sí. Cada niño con asiento cobra su compensación íntegra, igual que un adulto. Los bebés de menos de 2 años también pueden reclamar si se pagó una tarifa por ellos, aunque fuera pequeña; en su caso reclaman los padres en su nombre.
Es el «downgrade» del art. 10: la aerolínea debe devolverte el 30% del precio del billete en vuelos de hasta 1.500 km, el 50% entre 1.500 y 3.500 km y el 75% en los de más de 3.500 km. Si te suben de clase, no pueden cobrarte nada.
Es tu dinero
Ya sabes lo que te deben. Vamos a por ello.
Dinos los datos de tu vuelo y en menos de 2 minutos sabrás cuánto te corresponde por la incidencia sufrida. Gratis y sin compromiso.
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¿Tu vuelo tuvo problemas?
Comprueba gratis si tienes hasta 600 €
Qué dice la norma
El artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004 fija tres importes fijos por pasajero según la distancia del vuelo hasta el destino final, medida en línea recta (ruta ortodrómica):
250 € en vuelos de hasta 1.500 km.
400 € entre 1.500 y 3.500 km, y en todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km.
600 € en vuelos extracomunitarios de más de 3.500 km.
El Tribunal de Justicia de la UE (asuntos Sturgeon y Nelson) equiparó los grandes retrasos a las cancelaciones: si llegas a tu destino con 3 horas o más de retraso, te corresponde la misma compensación. Y cuenta la hora en que se abren las puertas del avión en destino, no la del despegue.
La reducción del 50 %
Si la aerolínea te ofrece un transporte alternativo que limita el retraso final a menos de 2, 3 o 4 horas (según el tramo de distancia), puede reducir la compensación a la mitad (art. 7.2). Por eso conviene calcular bien antes de aceptar cualquier oferta.
Ejemplo práctico
Un Madrid–Londres (1.264 km) aterriza con 4 h 20 min de retraso. Corresponden 250 € por pasajero: una familia de cuatro reclama 1.000 €. Da igual que el billete costara 50 €.
Qué hacer
Conserva la tarjeta de embarque y el correo de la reserva.
Anota la hora real de llegada (apertura de puertas). Si el retraso es muy cercano a las 3 horas, recomendamos incluso hacer una fotografía antes y después de la apertura para dejar constancia.
No aceptes vales ni descuentos sin comprobar antes cuánto te corresponde en dinero.
Qué dice la norma
Ante una cancelación o una denegación de embarque, el artículo 8 te da a ti —no a la aerolínea— el derecho a elegir entre:
El reembolso del billete en el plazo de 7 días por las partes del viaje no efectuadas (y también por las efectuadas, si el viaje ya no tiene razón de ser), con un vuelo de vuelta a tu punto de partida cuando proceda.
Un transporte alternativo hasta tu destino final, lo antes posible.
O ese mismo transporte en una fecha posterior que te convenga, si hay plazas.
Si la alternativa es insuficiente
La aerolínea no cumple ofreciéndote cualquier cosa: el transporte debe ser en condiciones comparables. Si la única opción llega días después y compras un billete por tu cuenta para llegar antes, ese sobrecoste puede reclamarse, junto con la compensación monetaria correspondiente.
Ejemplo práctico
Te cancelan el vuelo de vuelta desde Roma y la aerolínea ofrece un desplazamiento tres días más tarde. Puedes exigir un vuelo anterior –incluso de otra compañía–. Si no te lo facilitan, puedes organizar tu desplazamiento y reclamar todos los gastos y la compensación de hasta 600 € por pasajero.
Qué hacer
Pide la alternativa por escrito y guarda lo que te ofrezcan.
Conserva las facturas de todo lo que tuviste que pagar.
No firmes nada que suene a renuncia de derechos a cambio de un vale o bono.
Qué dice la norma
Ante un retraso largo, una cancelación o una denegación de embarque, la aerolínea debe atenderte durante la espera:
Comida y bebida suficientes en función del tiempo de espera, normalmente mediante vales canjeables.
Hotel y traslados entre el aeropuerto y el alojamiento si tienes que pernoctar.
Dos comunicaciones: llamadas, mensajes o correos para avisar a quien necesites.
En los retrasos, la asistencia se activa a partir de 2 horas en vuelos de hasta 1.500 km, 3 horas entre 1.500 y 3.500 km, y 4 horas en los de más de 3.500 km.
Se debe incluso con «circunstancias extraordinarias»
Aunque el mal tiempo exima a la aerolínea de pagar la compensación, el deber de asistencia sigue vigente. Una tormenta no la libra de darte de cenar, de pagarte el hotel o de proporcionarte un desplazamiento alternativo con el que llegar a destino.
Ejemplo práctico
Cancelación a las 23:00 en Barajas con salida reprogramada a la mañana siguiente: hotel, taxi de ida y vuelta y cena corren por cuenta de la aerolínea. Si no te lo ofrecen y lo pagas tú, se reclama el reembolso.
Qué hacer
Pide la asistencia en el mostrador y deja constancia si te la niegan.
Si la asumes tú, guarda todos los tickets.
Reclama esos gastos junto con la compensación: son acumulables.
Qué dice la norma
Los problemas con el equipaje facturado no se rigen por el Reglamento 261/2004 sino por el Convenio de Montreal. La aerolínea responde por la destrucción, pérdida, avería o retraso de tu maleta hasta un límite de 1.519 derechos especiales de giro por pasajero (en torno a 1.860 €, según el cambio).
Los plazos son cortos: no los dejes pasar
Maleta dañada: PIR y protesta por escrito (reclamación a la aerolínea) en un máximo de 7 días desde que la recibes.
Maleta con retraso: PIR en un máximo 21 días desde que te la entregan. Recomendamos hacerlo el mismo día del vuelo.
Maleta perdida: si pasan 21 días sin aparecer, se considera perdida y puedes reclamar el valor del contenido.
La acción judicial prescribe a los 2 años.
El PIR es tu prueba clave
Antes de salir del aeropuerto, acude al mostrador de la aerolínea o de handling y levanta el parte de irregularidad de equipaje (PIR). Sin él, reclamar es prácticamente imposible. Algunas compañías permiten hacerlo a través de sus páginas web.
Ejemplo práctico
Tu maleta aparece cuatro días después de aterrizar en tu destino de vacaciones. La ropa y los artículos de aseo que tuviste que comprar esos días son gastos materiales derivados del incumplimiento: se reclaman con los tickets, además del perjuicio moral ocasionado por el retraso.
Qué hacer
Abre el PIR antes de salir del aeropuerto.
Guarda tickets de todo lo que compres mientras tanto.
Si la maleta llegó dañada, haz fotografías de los daños y contáctanos antes de que hayan pasado 7 días de la entrega para que podamos reclamar.
Qué dice la norma
La aerolínea queda exenta de pagar la compensación económica (no de la asistencia ni del reembolso) cuando el problema se debe a circunstancias extraordinarias que no pudo prever ni evitar. Un matiz decisivo: la carga de la prueba es de la aerolínea, no tuya.
Suelen considerarse extraordinarias
Condiciones meteorológicas adversas incompatibles con el vuelo.
Huelgas ajenas a la aerolínea, como las de controladores aéreos.
Cierres del espacio aéreo o instrucciones del control de tráfico.
Riesgos de seguridad o situaciones de inestabilidad política.
Normalmente NO lo son (y sí se compensa)
Averías técnicas habituales del propio avión (asunto Wallentin-Hermann, C-549/07).
Huelgas del propio personal de la aerolínea (asunto Krüsemann, C-195/17).
Problemas de organización, planificación o falta de tripulación.
Ejemplo práctico
Tu vuelo se cancela «por motivos operativos» y la aerolínea alega mal tiempo, pero otros vuelos salieron con normalidad esa tarde desde el mismo aeropuerto. Esa excusa no se sostiene: se reclama, y con los datos históricos del tráfico aéreo se demuestra.
Qué hacer
Pide el motivo de la incidencia por escrito.
No des por buena la primera respuesta: nosotros verificamos si la causa fue real.
Recuerda: aunque la causa sea extraordinaria, los derechos asistenciales (comidas, hotel, desplazamiento alternativo…) son obligatorios.
Qué dice la norma
El Reglamento 261/2004 no fija plazo: se aplica el del país donde reclamas. En España, la jurisprudencia aplica el plazo general de cinco años desde la fecha del vuelo (art. 1964 del Código Civil).
Ojo con el equipaje: plazos mucho más cortos
La acción del Convenio de Montreal prescribe a los 2 años.
Y antes hay que protestar por escrito: 7 días si la maleta llegó dañada, 21 días si llegó con retraso.
Ejemplo práctico
Un vuelo cancelado en agosto de 2022 todavía puede reclamarse hoy. Repasa tus viajes de los últimos cinco años: es habitual descubrir más de una compensación pendiente en la misma familia.
Qué hacer
No esperes: cuanto más reciente es la incidencia, más fácil resulta reunir las pruebas.
Busca en tu correo tarjetas de embarque y avisos de la aerolínea de años anteriores.
Comprueba cada vuelo con incidencia por separado: cada uno genera su propio derecho.
La regla, en tres supuestos
Sales de la UE (incluidos Canarias, Baleares y también Noruega, Islandia y Suiza): estás protegido con cualquier aerolínea, da igual su bandera.
Llegas a la UE desde fuera: estás protegido solo si operaba una aerolínea comunitaria (Iberia sí; una americana o asiática, no).
Origen y destino fuera de la UE: el Reglamento no aplica; para el equipaje y ciertos daños queda el Convenio de Montreal (plazo: 2 años). Consúltanos igualmente para que podamos analizar con detalle tu caso.
Da igual cómo compraras
Low-cost, chárter o dentro de un paquete vacacional: los derechos son idénticos y la compensación se reclama a la aerolínea que organizó el vuelo.
Ejemplo práctico
Madrid → Nueva York con aerolínea americana: cubierto (sales de la UE). Nueva York → Madrid con esa misma aerolínea: no cubierto por el Reglamento; con Iberia u otra comunitaria, sí.
Qué dice la norma
La compensación del Reglamento (CE) 261 es compatible con reclamar el resto de perjuicios que la incidencia te haya ocasionado. Su propio artículo 12 lo reconoce: prevé una compensación suplementaria con la que resarcir la totalidad del daño.
El reembolso de los daños materiales se ampara además en nuestro Código Civil y en la Ley de Consumidores y Usuarios, que protegen al pasajero frente al incumplimiento del transportista.
Qué puedes reclamar
Gastos acreditados: además de la comida, hotel y transporte, cualquier otro desembolso que la incidencia te haya obligado a efectuar, siempre que puedas justificarlo documentalmente.
Reservas perdidas: lo que ya habías pagado y no pudiste disfrutar –una noche de hotel, un vuelo de conexión, una excursión, un coche de alquiler–.
Lucro cesante: ganancias que hayas dejado de percibir con motivo de la incidencia –un día de trabajo perdido, por ejemplo–, siempre que pueda justificarse documentalmente
Ejemplo práctico
Tu vuelo a Roma se cancela y pierdes la primera noche de hotel (120 €) y una visita guiada ya pagada (60 €). Además del reembolso —o la alternativa— y de la compensación de hasta 600 €, esos 180 € son reclamables si conservas los tickets, resguardos o, preferiblemente, facturas a tu nombre.
Qué hacer
Guarda todos los tickets, resguardos y facturas de lo que tuviste que pagar.
Conserva el justificante de las reservas que perdiste (correo de confirmación, cargo en la tarjeta).
Obtén documentos que puedan acreditar cuánto dinero dejaste de percibir con motivo de la incidencia.